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Impuesto
de Sociedades (I.S.)
Norma Foral 3/96 de 26 de junio de Bizkaia
Este impuesto grava la obtención de renta de cualquier entidad jurídica excepto las sociedades civiles, por lo tanto todas las asociaciones y fundaciones están obligadas a declarar el impuesto (independientemente de que les de a pagar o no).
Tienen que declarar las rentas exentas y las no exentas. Son rentas exentas (que no tributan):
Este impuesto permite recuperar el 25% de retención que nos han practicado los bancos o cajas, en caso de que la declaración nos dé negativa.
Las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad
pública están
exentas de tributar este impuesto si cumplen los requisitos establecidos
por la Norma
Foral 1/2004 de 24 de febrero de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
A estas últimas también les dan exención de los rendimientos
derivados de las explotaciones económicas y del patrimonio.
Cuadro de exenciones del impuesto de sociedades (pdf 29kb)